Además de imponerle la pena de reclusión, los jueces también ordenaron que los justiciables paguen una indemnización de RD$5,000,000 (Cinco millones de pesos) en favor y provecho de los familiares de las víctimas, constituidos en actores civiles, como justa reparación por los daños y perjuicios ocasionados a las victimas German Darío Ruiz Segura y Michel Jiménez Profeta.
Los procesados Juan Pablo Marte Guzmán (El Gato) y Wander Batista Mejía, quienes cumplirán la condena en el penal de La Victoria, también fueron condenados al pago de 25 salarios mínimos en beneficio del Estado dominicano, equivalentes a unos RD$342 mil 125 pesos.
El tribunal, integrado por los magistrados Elías Santini, Arisleida Méndez y Milagros Mercedes, adoptó la decisión luego de acoger las pruebas periciales, documentales y testimoniales recolectadas durante las pesquisas realizadas por la fiscal investigadora Teresa Mercedes García y presentadas por las fiscales litigantes Leydi Nayra García y Catalina Bueno, con las que demostraron la culpabilidad del acusado.
Según el expediente instrumentado por la Fiscalía del Distrito Nacional, el asalto ocurrió el 1 de noviembre del año 2022, alrededor de las 3:00 de la tarde, en momentos en que los mensajeros German Darío Ruiz Segura y Michel Jiménez Profeta, de la Casa de Cambio “Santos y Rijo Inversiones”, transitaban a bordo de una motocicleta por la calle Doctor Betances esquina Francisco Henríquez y Carvajal, del sector Villa Francisca, con un bulto con la suma de RD$1,100,000 que habían cobrado a un comerciante chino.
El documento judicial reseña que los mensajeros fueron interceptados por los nombrados Juan Pablo Marte Guzmán (El Gato), Wander Batista Mejía, Jean Michael Cuevas y un tal Nino, estos dos últimos prófugos, que transitaban en dos motocicletas, quienes pistolas en manos les ordenaron que se detuvieran, advirtiéndoles que no se movieran y entregaran el dinero.
Agrega que fue en esas circunstancias que, sin mediar palabras, el cabecilla del grupo, Juan Pablo, le disparo en la pierna derecha a German Darío Ruiz Segura derribándolo en el pavimento, despojándolo del bulto con dinero y huyeron rápidamente del lugar, acciones que quedaron grabadas en una cámara de seguridad de un colmado cercano, lo que facilitó la identificación y apresamiento cuatro días después de los malhechores.
La Fiscalía del Distrito Nacional otorgó al presente caso la calificación jurídica de “Asociación de malhechores para cometer robo con violencia y porte ilegal de arma de fuego”, delitos previstos y tipificados por los artículos 265, 266, 379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano, así como los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.